Commons – bienes comunes
Streifzüge 45/2009
por Stefan Meretz
deutscher Text
Übersetzung von Dora de la Vega
Un nuevo concepto antiguo está conquistando el discurso político: están llegando los Commons1, los bienes comunes. En fecha reciente, el Foro Social Mundial aprobó un „Manifiesto por la recuperación de los bienes comunes“. Se los descubre como una perspectiva de resistencia estratégica. ¿Porqué; no son acaso los bienes comunes meras formas de propiedad precapitalista de la que sólo sus restos sobrevivieron? En absoluto es así.
En primer lugar es correcto que, previo a imponerse la propiedad privada del capitalismo imperaban las relaciones de posesión comunitaria. Al respecto, es importante diferenciar entre posesión y propiedad. Posesión describe una relación de uso concreto, mientras que propiedad fija una relación de derecho abstracto referido a un bien. En mi posesión está lo que uso; cuando no lo uso más, no está en mi posesión. La propiedad, en cambio, no está ligada a la posesión y, por lo tanto, puede ser transferida, o sea vendida. El propietario de una vivienda puede venderla sin que haya puesto un pié en ella. Esto no le es posible al posesionario, es decir al inquilino, aunque la transite a diario.
La relación concreta de uso de la posesión se diferencia de la relación legal de propiedad; aunque, por lo general, ambos conceptos suelen utilizarse como sinónimos. La posesión es una relación social entre personas y cosas. En consecuencia, la posesión sólo conoce la regulación social de lo concreto-sensorial del uso y no, una regulación abstracta. Históricamente, la mayoría de los bienes eran comunes. Con bienes comunes, el capitalismo no es factible.
Los bienes comunes debieron transformarse en propiedad. La „supresión“ de los bienes comunes“ (enclosure of the commons) fue un proceso sangriento; Marx lo describe exhaustivamente en en el capítulo de „El capital“sobre la „denominada acumulación primitiva“. Las usuarias y los usuarios de los bosques y campos fueron desalojados de su posesión, excluídos del acceso a los recursos y,en lo sucesivo, debieron vender su fuerza de trabajo ya que era lo único que poseían.
Este proceso de apropiación de la posesión se justificó explicando que sólo mediante la exclusión de la posesión era posible desarrollar una actividad económica, puesto que la economía, en esencia, es tratar con bienes escasos. Si no se mantuviese la escasez de los bienes, todos tendrían acceso y, en ese caso, se llegaría a un agotamiento de los mismos, lo cual significaría un perjuicio para todos. La interrelación de lo expuesto ingresó a la historia como „la tragedia de los bienes comunes “ (Garrett Hardin). Se basa en confundir „tierra de nadie“ (recursos de acceso libre no regulado) con bienes comunales o comunitarios.
Al agotamiento de los bienes sólo se llega cuando el acceso no está regulado. Pero los históricos bienes comunes se basaban en la posesión e incluían una regulación social del uso de los bienes. Cuando tales regulaciones no existían, los bienes no solían ser tratados como bienes comunes sino como el botín del robo. Así fue como la práctica abusiva de los romanos en la explotación de madera de los bosques aledaños al Mediterráneo, terminó con ellos.
Sin embargo, la ausencia de una regulación social puede tener el efecto contrario. Al agotamiento puede arribarse cuando no quedan comuneros que puedan ocuparse de sus bienes comunes por haber sido excluídos. Un ejemplo de „la tragedia de lo anti comunitario“ son las patentes que, se registran a fin de impedir a la competencia la aplicación de los resultados de investigaciones. Dicho de manera muy general, los recursos que no son explotados por falta de valorización son incluidos entre los „bienes anti comunes“, bienes privados de uso excluyente.
Debido a que la regulación social de los bienes se contrapone al propio fin del capitalismo – o sea a la valorización del valor-, los bienes comunes históricos debieron destruirse. Pero, al mismo tiempo, debieron permanecer en aquellas áreas, donde la forma de mercancía no había penetrado. Allí intervenía el estado como regulador, parcialmente era asunto de la „sociedad civil“ ocuparse de las cuestiones de la vida diaria no susceptibles de valorización. La ola de privatizaciones neoliberal tuvo por objeto terminar también con estos remanentes.
Por eso, los bienes comunes pueden aparecer hoy en diversas formas jurídicas. Cabe advertir de inmediato sobre dos conclusiones: Los bienes comunes (serían bienes públicos (estatales) y, los bienes comunes serían bienes libres. Ambas afirmaciones pueden ser acertadas, sin embargo no lo son en la mayoría de los casos. Lo cierto es que: los bienes comunes constituyen propiedad, aún cuando ellos mismos estén en la posesión de otros. Existe una interrelación entre bienes comunes y su uso social (Commons y Commoning).
Así, los bienes culturales libres como el Software libre tienen la forma jurídica de pertenecer al autor (son de su propiedad). Pero éste por medio de su licencia cede al público de manera tal que no pueda haber exclusión alguna. Los bienes comunes inmateriales tienen por lo general acceso libre, en contraposición a los bienes comunes materiales para los que, su uso está sujeto, en general, a reglamentaciones claras sobre su utilización. El objetivo, en todos los casos, apunta a protegerlos, de modo de poder transmitirlos a las futuras generaciones en estado mejorado y enriquecido.
El vínculo social de los bienes comunes es incompatible con la lógica abstracta de la valorización capitalista y su indiferencia ante las necesidades humanas. Bienes comunes y capitalismo han entrado en una lucha global. El capitalismo no puede extenderse hasta allí, donde los modos de utilización social concreta pueden asegurarse. Sin embargo, donde consigue destruir las estructuras sociales, el capitalismo tiene vía libre y, una vez „realizado su trabajo“ suele dejar tierra arrasada.
Con los movimientos culturales libres y de software abierto, se activaron los movimientos de bienes comunes productivos. Ellos podrían y deberían unirse estratégicamente con los movimientos conservacionistas de las áreas de semillas, agua, tierra, alimentación, biodiversidad, clima,de las formas de vida de los pueblos originarios etc., puesto que esas corrientes persiguen el mismo objetivo: mantener, expandir y reconstruir los bienes comunes más allá del mercado y el estado.
El concepto de bienes comunes tiene la potencia necesaria para lograr a largo plazo la convergencia de movimientos muy heterogéneos entre sí. Un movimiento por la reapropiación de los bienes comunes invierte la cuestión del poder, colocándolo en el plano inferior y a partir de los procesos y luchas sociales concretas para establecer una vida que pueda llamársela vida.
1 N.d.T. „commons“ suele ser traducido como bienes comunes, bienes comunales y también como bienes comunitarios. Consideramos este último concepto como el más apropiado, no obstante, optamos por bienes comunes por ser la traducción que más se ha impuesto en América Latina.